Estimados Usuarios:
El Aeropuerto Caracas les informa, con objeto de evitar posibles inconvenientes, la necesidad de llevar los documentos del avión originales abordo.
El Artículo que hace referencia a esto es el siguiente:
Artículo 58. Toda aeronave civil que efectúe vuelos en el espacio aéreo Venezolano debe llevar abordo los siguientes documentos y certificados, originales y vigentes:
1.- Certificado de matrícula.
2.- Certificado de aeronavegabilidad.
3.- Las licencias y los cerftificados corespondientes a la tripulación.
4.- Libros de abordo.
5.- Certificación emitida por el Instituto Nacional de Aviación Civil de las Pólizas de Seguro vigentes.
6.- Una lista de los nombres y lugares de embarques y puntos de destino de los pasajeros, en caso de transportarlos.
7.- Un manifiesto y declaración de la carga, de ser el caso.
8.- Cualquier otro documento que exija el Instituto Nacional de Aviación Civil.
Atte: Aeropuerto Caracas OMZ, C.A.
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